miércoles, abril 04, 2012

Garzón absuelto. Las víctimas condenadas

Federación Estatal de Foros por la Memoria, Marzo de 2012 - 3 abril 2012



Informe sobre la Sentencia del Tribunal Supremo por la que se absuelve a Baltasar Garzón por la investigación de los crímenes del franquismo



Informe de la Federación Estatal de Foros por la Memoria sobre la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, de 27 de febrero de 2012, por la que se absuelve a Baltasar Garzón por la investigación de los crímenes del franquismo

Federación Estatal de Foros por la Memoria, Marzo de 2012

Descargar PDF (96 kbs.):


Informe Sentencia 27_Febrero_2012 (enlace: http://www.foroporlamemoria.info/2012/04/garzon-absuelto-las-victimas-condenadas/)

miércoles, marzo 14, 2012

Reunión de organizaciones memorialistas con el Secretario General de Amnistía Internacional

Federación Estatal de Foros por la Memoria, - 13 marzo 2012


Celebrada en Madrid, el lunes 12 de marzo de 2012

El lunes 12 de marzo de 2012 se ha celebrado en la sede de Amnistía Internacional de Madrid una reunión entre responsables del Secretariado Internacional de Amnistía Internacional, del Comité Ejecutivo de la sección española de la misma organización, y de asociaciones memorialistas de ámbito de actuación estatal.

Estos días se encuentra en Madrid el Secretario General de AI, Salil Shetty, quien tiene concertada una serie de reuniones con diferentes representantes institucionales (Fiscalía General del Estado, partidos políticos, diversos Ministerios como Exteriores y Justicia, Presidencia del Gobierno…) con el fin de presentar el Informe “Un agenda de Derechos Humanos para la X Legislatura en España”, de Amnistía Internacional, cuyo punto 4.2 se titula “Verdad, Justicia y Reparación: Franquismo y Guerra Civil”.

Las asociaciones memorialistas fueron convocadas previamente, con el objetivo de hacerles entrega del documento, intercambiar opiniones sobre el estado actual de la problemática de las víctimas del franquismo, y recoger sus propuestas para incorporarlas a la reflexión colectiva que AI está haciendo actualmente sobre el tema.

Por parte de Amnistía Internacional, en la reunión participaron Salil Shetty, Secretario General; Nicola Duckworth, directora de investigación para Europa y Asia Central; Ignacio Jovtis responsable del área de Investigación y Políticas; y varios miembros del Comité Ejecutivo de la sección española, encabezados por su Presidente, Alfonso López. Por parte de las organizaciones memorialistas asistieron el presidente de la ARMH, Emilio Silva, y por la Federación Estatal de Foros por la Memoria, José Luis Muga y Arturo Peinado.

Los miembros del Foro por la Memoria manifestaron su preocupación por el fondo de la sentencia del Tribunal Supremo exculpatoria del juez Garzón, que en su opinión, apuntala el modelo español de impunidad. Desarrollaron también cuál es, desde el análisis que hace la Federación, el papel que ejercen en estos momentos la Ley de Amnistía de 1997 y la Ley de la Memoria de 2007 en el modelo de impunidad.

Asimismo explicaron el recorrido judicial que han tenido las denuncias por crímenes contra la humanidad, presentadas con motivo de las exhumaciones de fosas comunes del franquismo que ha venido realizando la Federación Estatal de Foros por la Memoria.

Por su parte, los representantes de Amnistía Internacional dejaron claro su posicionamiento de que todos los países deben aplicar el Derecho Internacional a cualquier agresión y atentado contra los derechos humanos, y que el caso de las víctimas del franquismo no puede seguir siendo una excepción. Asimismo, expresaron que una de las principales cuestiones a plantear a las diferentes instituciones durante la presente visita, es la exigencia de que el Estado español cumpla de manera efectiva con todos los convenios internacionales que ha ratificado.

Se dio por terminada la reunión con la valoración altamente positiva de la misma por todos los participantes, y el compromiso de seguir manteniendo en el futuro un diálogo constructivo, permanente y fluido.

sábado, marzo 03, 2012

Verdad, Justicia y Reparación, un comentario crítico sobre el anteproyecto de Ley

Antonio Segura, 04 de marzo 2009 - 29 febrero 2012



Un artículo de 2009 de completa actualidad



No pudiendo estar como ciudadano demócrata, en contra de cualquier iniciativa, del tipo que sea, que tenga como fin sincero y único, el garantizar a las víctimas del fascismo verdad, justicia y reparación, como trabajador del derecho, dichas iniciativas deben de ser analizadas desde el más escrupuloso análisis jurídico, con el fin de que las mismas no produzcan una reacción contraria a la deseada, que pongan en peligro presentes y futuros procedimientos penales encaminados a la consecución de una verdadera justicia efectiva sobre los sangrantes y graves crímenes cometidos en nuestro país por el fascismo.

Dicho lo cual, no podemos enfrentarnos a un delito sin definir cuestiones elementales, como es el de la naturaleza del hecho al que nos enfrentamos, es decir intentar reparar, juzgar y buscar la verdad sobre los crímenes franquistas requiere una definición clara de que es el Franquismo. De no ser así estaríamos desenfocando la cuestión, y posiblemente fallando en el objetivo querido. Y es evidente que tal definición no puede venir dada por una decisión de los actuales representantes parlamentarios, no por que no puedan hacerlo por que carezcan de legitimidad, que podría ser una cuestión discutible, si no y lo que es más importante, por que como se ha puesto de manifiesto en los últimos decenios no están dispuestos a hacerlo, al menos en su inmensa mayoría. No pueden hacerlo además, por que esa definición sería innecesaria, ya que la misma existe, o de hacerla sería contradictoria con la ya existente, y lo único que deberían hacer es recogerla tal y como existe, asumiendo el derecho internacional, como se ha hecho en el resto de nuestro entorno tras la segunda guerra mundial, con el mismo fenómeno y con los mismos fines. España no es diferente, ¿o sí?, al resto de países europeos que sufrieron sus distintos fascismo, y por ello debe exigírsele los mismos parámetros de verdad justicia y reparación, de no ser así estaríamos consolidando con la apariencia de buenas intenciones el sistema de impunidad español para con los crímenes del franquismo.

La definición a que me refiero, no es una definición partidista, ni dogmatico-académica, es la definición que el derecho internacional, que la Asamblea General de Naciones Unidas ha dado del Régimen surgido tras el golpe de estado violento del año 1936 contra la democracia española y sus instituciones, definición que a día de hoy no ha sido ni modificada, ni subsanada, ni puede obviarse al hablar de estos temas, sino queremos dejar al margen el derecho internacional y el sistema nacido de Naciones Unidas.

La definición esta condensada en varias resoluciones de la Asamblea General de la ONU, en primer lugar en la Resolución del 9 de febrero de 1946.Res. 32(I). aprobada por unanimidad, donde se expone con medida claridad cual debe ser la relación de los miembros de las Naciones Unidas con España.

http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/spa9feb46.html



1. La Asamblea General recuerda que la Conferencia de San Francisco adoptó una resolución según la cual el párrafo 2 del artículo 4 del Capitulo II de la Carta de las Naciones Unidas, “no es de aplicación a aquellos estados cuyos regímenes se hayan instalado con ayuda de las fuerzas armadas de los países que han luchado contra las Naciones Unidas en tanto en cuanto tales regímenes estén en el poder”.

2. La Asamblea General recuerda que la Conferencia de Postdan los gobiernos del Reino Unido, los Estados Unidos de América y la Unión Soviética declararon que no respaldarían la solicitud de admisión a las Naciones Unidas del actual gobierno español, el cual habiendo sido fundado con el apoyo de las Potencias del Eje, no posee en vista de sus orígenes, su naturaleza, su historial y su íntima asociación con los Estados agresores, las condiciones necesarias que justifiquen su admisión.

3. La Asamblea General, al endosar estas dos declaraciones, recomienda a los Miembros de las Naciones Unidas que se ajusten, en la conducta de sus relaciones futuras con España, tanto a la letra como al espíritu de estas declaraciones.”

Las sesiones plenarias 35ª y 36ª de la Asamblea General, 24 de octubre de 1946 tratan nuevamente la cuestión española, en los mismos términos y con definiciones más claras si cabe, llegando a decir: “Es de lamentar que la dominación fascista en España no haya sufrido modificación alguna a pesar de la derrota de Alemania y del Japón. Resulta claro que, mientras continúe imperando en España, el régimen de Franco seguirá siendo una constante causa de desconfianza y desacuerdo entre los fundadores de las Naciones Unidas. Espero, por consiguiente, que los que nos han dado la victoria y la paz sepan asimismo encontrar los medios para restaurar la libertad y el gobierno democrático en España.

En el mismo sentido otra resolución de la Asamblea General 39 (I) de 12 de diciembre de 1946 estableció:

http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/spa12dec46.html


“Convencidos de que el gobierno fascista de Franco en España, impuesto por la fuerza al pueblo español…no representa al pueblo español….”

La Asamblea General al aprobar esta resolución 39(I) determina como consecuencia de los resultados del la investigación del Subcomité creado al efecto por el Consejo de Seguridad :

a) “En sus orígenes, naturaleza, estructura y conducta general, el régimen de Franco es un régimen fascista modelado sobre, y en gran medida establecido gracias a, la ayuda de la Alemania Nazi de Hitler y la Italia Fascista de Mussolini.

b) Durante la larga lucha de las Naciones Unidas contra Hitler y Mussolini, Franco, a pesar de las reiteradas protestas de los aliados, otorgó cuanta ayuda sustancial estuvo en sus manos a las potencias enemigas. En primer lugar, y a modo de ejemplo, desde 1941 hasta 1945, la División Azul de infantería, la Legión Española de voluntarios y el Escuadrón Aéreo Salvador, lucharon contra la Rusia Soviética en el frente Este. En segundo lugar en el verano de 1940, España se apoderó de Tánger en violación de su estatuto internacional, y como consecuencia del mantenimiento por parte de España de un numeroso ejército en Marruecos Español, un elevado número de tropas aliadas se vieron inmovilizadas en el norte de África.

c) Existen pruebas documentales incontrovertibles que establecen que Franco fue parte culpable junto a Hitler y Mussolini en la conspiración encaminada a desencadena la guerra contra aquellos pases que en el trascurso de la guerra mundial se alinearon en torno a las Naciones Unidas. El hecho de que la plena beligerancia de Franco debiera posponerse al momento de que se acordara mutuamente, formaba parte de esa conspiración.

Se recomienda en la Asamblea General que el gobierno de Franco sea excluido de la participación en calidad de miembro de las agencias internacionales establecidas por, o relacionadas con las Naciones Unidas, así como de la participación en conferencias u otras actividades de Naciones Unidas o aquellas agencias puedan organizar, y ello hasta que se constituya en España un nuevo y aceptable gobierno.

Recomienda también que todos los miembros de las Naciones Unidas retiren inmediatamente de Madrid a los embajadores y ministros plenipotenciarios que allí tengan acreditados.



Esta situación pone de manifiesto que para la comunidad internacional el régimen creado tras el golpe de estado del 18 de julio de 1936 es claramente un régimen ilegitimo e ilegal desde su origen, al haber suplantado al legitimo y legal gobierno democrático.

En 1950 la resolución 386 (V) de la Asamblea General decide revocar la recomendación de la retirada de embajadores y Ministros plenipotenciarios, revocando a la vez la recomendación tendente a excluir a España de las agencias internacionales.

Esta resolución no revocó plenamente la de 1946, quedando vigentes los párrafos relativos al origen, la historia, y naturaleza del régimen de Franco.

Cualquier proyecto de reparación, de verdad y de Justicia, no puede pasar por encima de la legalidad internacional, no puede apartarse de esa realidad dentro del marco europeo, no puede apartarse de lo que ocurrió en Alemania o en Italia o en la Francia de Vichy, con esos regimenes, y con las leyes e instituciones que emanaron de los mismos, ni con las reparaciones que recibieron las víctimas allí, ni puede ignorar, por necesarios, los Juicios que sufrieron los autores de aquellos crímenes. Cualquier proyecto sincero y efectivo, tiene que tener como objetivo claro, que el derecho internacional emanado de Nürenberg, de su Estatuto*, y de sus sentencias, con sus tipos y penas, es igualmente aplicable para el fascismo autóctono y sus crímenes, como lo fue para sus contemporáneos aliados europeos y asiáticos, y que renunciar a ello, como se ha intentado con la farsa de la “ley de la memoria Histórica” es un intento más de continuar con la impunidad de crímenes que al ser contra la humanidad, en el marco descrito, ni prescriben, ni son indultables, ni son amnistiables. Y quiero subrayar en el marco descrito, pues si no utilizamos el derecho internacional mencionado, y nos basamos en jurisdicción interna, con tipos internos, como hemos visto por experiencia común y reciente, el Tribunal Supremo, nunca procederá a condenar estos hechos, por propia voluntad o por imposibilidad técnica, que al caso es lo mismo.

Es pues exigible el mismo trato que a los Nazis, el mismo trato que al fascismo Italiano. Si fueron lo mismo, y así lo enuncia Naciones Unidas, ¿cual es la razón de que las víctimas españolas se tengan que conformar con un mero pronunciamiento público desde el parlamento?

Otra de las cuestiones elementales que no se pueden ni deben pasar por alto es la definición de los crímenes que se dieron en España durante la dictadura fascista. Calificarlos como genocidio, además de no ser acertado jurídicamente, pone en peligro, a mi entender otros tipos penales de la misma o mayor gravedad. Cualquier crimen cometido a gran escala no es genocidio, y desde declaraciones de expertos en la materia no se debería usar sin rigor y de forma banal. Hay experiencia en nuestro país de lo peligroso que es usar erróneamente o con ánimo de confundir la figura de genocidio para unos hechos que no lo son. Sin ir más lejos en la única sentencia en jurisdicción universal que existe en nuestro país, la sentencia en el caso Schilingo,

http://www.derechos.org/nizkor/espana/juicioral/doc/sentencia.html


de no haberse calificado en la misma los hechos como crímenes contra la humanidad , o de lesa humanidad, que es lo que fueron dichos crímenes, no se hubiese conseguido sentencia alguna. Por genocidio no se hubiese condenado por el Supremo, les hubiese bastado un fundamento jurídico simple, de esos que tanto utilizan, para garantizar el sistema de impunidad: “los hechos acaecidos en argentina durante la dictadura militar revisten sin duda las características de crímenes de persecución política, nada que ver con la voluntad de eliminar a personas por cuestiones étnicas, raciales o religiosas, y por ello debemos absolver y absolvemos”. Aun reconociendo que existieron dichos hechos, lo cual no deja de ser un recochineo, la larga lucha de las víctimas por la justicia se hubiese visto insatisfecha por una calificación errónea de los hechos. ¡Voluntad de hacer justicia! siempre, obligación rigurosa como profesionales del derecho, también, máxime cuando lo que nos jugamos es algo de suma gravedad, por no decir de la mayor gravedad.

Experimentar con la figura del genocidio existiendo la convención para la prevención del mismo, (donde se define con claridad que es o no genocidio),

http://www.preventgenocide.org/es/derecho/convencion/textos.htm


entiendo que a estas alturas solamente cabe si hay algún interés político oculto, que a lo largo de los años solo se corresponde con la voluntad de los Estados, de anular la herramienta eficaz que los particulares, víctimas civiles, tienen contra ellos, -la figura de crímenes contra la humanidad, de lesa humanidad o más llanamente crimen de persecución política-.

http://dicc.hegoa.efaber.net/listar/mostrar/47


Lo hemos dicho muchas veces, si podemos demostrar la existencia de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil, que es en lo que consiste el crimen contra la humanidad, para que voy a usar la figura del genocidio que me exige demostrar algo tan difícil como la “mens rea” la voluntad genocida del autor, con la dificultad añadida, de demostrar además lo que no fue. En España o en argentina no se eliminó a gente por razón de su raza religión o etnia, los crímenes fueron contra la población civil por cuestiones políticas, es decir crimen contra la humanidad, crimen de persecución política. No es sólo una discusión dogmática o académica, aunque debería ser sólo eso. Teniendo una herramienta sencilla y que ha demostrado ser eficaz y efectiva en el único caso donde se han juzgado crímenes similares en nuestro país, la mencionada sentencia Scilingo, entendemos que por cuestión práctica mantener lo difícil introduciendo genocidio con calzador, es al menos un error estratégico grave, que no puede llevar al traste el esfuerzo de decenas de años emprendido por las víctimas para hacer justicia efectiva. No obstante en cuanto a la discusión dogmático académica, creo que Lenkim*, la dejo meridianamente clara ya en el año 1944, y desde luego mis resquemores al usar el término genocidio para los crímenes que no lo son, tienen su origen en la valoración practica y dificultad de su aplicación, y por supuesto a la existencia de otras figuras que se ajustan más a los hechos, y son más sencillas de utilizar, sin necesidad para ello de modificar ningún instrumento jurídico, pues las mismas ya existen claramente enunciadas desde hace decenios, como he puesto de manifiesto, y han encontrado recientemente su encaje y efectividad en la sentencia mencionada de Schilingo.

Insistir no obstante que discutir de los términos y tipos jurídicos a aplicar, cuando ya se han ganado en los tribunales, no hace sino retroceder en la lucha. Ignorar la mencionada sentencia, y crear falsos debates que deberían estar cerrados, al haber sido ya conquistados en la batalla jurídica, pone de manifiesto un desprecio hacía los triunfos de las víctimas en su lucha contra la impunidad, en el mejor de los casos, en el peor es dar a los estrategas de la impunidad una herramienta de enfrentamiento entre los que apostamos por una verdadera y efectiva justicia, en el que yo no pienso participar. Lo cual no quiere decir que renuncie a poner de manifiesto que iniciar de nuevo el camino de introducir genocidio donde no lo hay, tiene sus consecuencias, y todos debemos conocerlas. Ser técnicos y rigurosos, es un exigencia que debemos hacernos los profesionales del derecho cuando asumimos la representación de asuntos de tanta trascendencia y responsabilidad, denunciar consecuencias posibles es una obligación que nos viene impuesta al observar acciones ya vividas en situaciones similares anteriores.

En cuanto a intentar redefinir la figura del genocidio en nuestro código penal, no voy a entrar en ese estéril debate, ya que lo que deben saber las víctimas en este asunto del franquismo, es que dicha modificación en el derecho interno no tendría efectos para el caso que nos ocupa, al no ser retroactiva la nueva redacción, al igual que no lo fue la modificación del código para el tema de Scilingo con la nueva redacción del 617.bis.

Entiendo que para conseguir una efectiva justicia en relación a los crímenes del fascismo, hay que reiterar la necesidad de utilizar el derecho internacional como se hizo con los países que cometieron crímenes semejante, y hay que hacerlo desde un punto inequívoco de supremacía sobre el derecho interno, de no ser así, cualquier intento esta condenado al fracaso*.

La tercera cuestión elemental que no la última, es que no se puede reformar la mal llamada “ley de la memoria histórica” , y no se puede hacer por que la misma no cumple una vez más con los parámetros de Naciones Unidas, y elude la aflicción efectiva del derecho internacional. Y no puede ser abalada con una iniciativa legislativa que formalmente intente subsanar los olvidos técnicos de la misma en cuanto a los principios de derecho transicional. Lo único que se puede hacer para conseguir una verdad, justicia, y reparación, es derogarla, elaborando posteriormente una nueva que recoja al menos, y como mínimo las enmiendas presentadas por Esquerra Republicana de Cataluña* en el debate y elaboración parlamentaria de la mencionada, no por haber sido presentada por éste partido en concreto, si no por que las mismas reúnen los requisitos a los que me he referido.

Para que las tres patas sostengan el proyecto, verdad, justicia y reparación, la de la justicia exige irrenunciablemente la realización de los juicios contra el régimen, las instituciones, órganos y personas responsables de la eliminación generalizada y sistemática de miles de españoles, en los mismos términos y con el mismo derecho que se empleó para condenar a los regímenes, instituciones, órganos y personas responsables de eliminar en el mismo sentido y forma a millones de personas contemporáneamente en Europa. De no ser así el proyecto se caería, verdad y reparación no son suficientes para mantener un verdadero acometimiento al problema de la impunidad en España, la justicia debe ser efectiva, y España tiene tribunales para poder abordar esa ineludible responsabilidad. El Capitulo II del proyecto de Ley que se nos presenta habla solamente de investigación, creo que debería hablar de investigación para el juzgamiento. Lo que deberíamos estar discutiendo es la manera de juzgarlo, cuando, como, y aquí, y no dando un nuevo respiro temporal a los viejos criminales que poco a poco se nos van muriendo, en su cama.



Antonio Segura Hernández. Madrid 4 de Marzo de 2010.

Antonio Segura es abogado en ejercicio del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid y licenciado por la UCM. En 1997 comenzó a trabajar en asuntos penales relacionados con la jurisdicción universal y, junto al equipo Nizkor, representando a la Asociación Argentina Pro Derechos Humanos en la acusación popular personada en el procedimiento abierto por los crimenes cometidos en la dictadura Argentina, consiguiendo la única condena producida hasta hoy en España por Crimenes Contra la Humanidad para el militar argentino Adolfo Schilingo. Tambien está personado en la Aundiencia Nacional como acusación popular en el caso Guatemala representando a la Asociación contra la Tortura, y en el caso Couso representando a la Asociación Libre de Abogados, de la que fue presidente desde el año 2002 al 2004. En la actualidad es uno de los abogados que ha elaborado la querella de Gaza en el caso de Al-Daraj, al igual que la querella contra los abogados creadores de la prisión de Guantanamo. Tambien en estos momentos, de nuevo colaborando con el Equipo Nizkor, es acusación particular en el procedimiento abierto en la Audiencia Nacional por el caso de los españoles internados en Mauthausen contra los guardianes SS de ese campo. Es tambien el abogado de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, presidida por Pilar Manjón, y a la cual ha representado en el juicio por los atentados de madrid del año 2004. Desde su colegiación continúa prestando servicios en el turno de oficio.



*Propuesta de Anteproyecto de Ley verdad, justicia y reparación a las víctimas del Franquismo.

https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=gmail&attid=0.1&thid=12723d82ac3c07d2&mt=application%2Fpdf&url=https%3A%2F%2Fmail.google.com%2Fmail%2F%3Fui%3D2%26ik%3D96274fa5d3%26view%3Datt%26th%3D12723d82ac3c07d2%26attid%3D0.1%26disp%3Dattd%26realattid%3D0.1%26zw&sig=AHIEtbS9XlxuFF64rm3Ve-ORen_gIuEEHA&pli=1





*Necesidad de utilizar el derecho internacional sobre el nacional. la supremacía del Derecho Internacional sobre los derechos internos.

http://www.derechos.org/nizkor/doc/herzog.html



* GENOCIDIO—Un término y un concepto nuevos para referirse a la destrucción de naciones. LEMKIN.

http://www.derechos.org/nizkor/impu/lemkin1.html





*ENMIENDAS PRESENTADAS POR ERC A LA LEY DE MEMORÍA HISTORICA, y no recogidas en la redacción final.

http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/erc5.html




miércoles, febrero 22, 2012

Acto en Madrid: “Memoria Histórica: ¿qué sabemos de ella?

Asamblea Popular 15-M de Carabanchel, - 18 febrero 2012




24 de febrero, en la Casa del Barrio de Carabanchel

24 de febrero, 19:30 horas

Casa del Barrio de Carbanchel; Avda. de Carabanchel Alto, 64

Intervienen:

José Mª Pedreño, presidnete dela FEd. Estatalde Foros porla Memoria

Pablo Iglesias Turrión, profesor dela Facultadde CC.Políticas y Sociología dela UCM

Proyección de Documentales


miércoles, febrero 15, 2012

XI Concentración “Verdad, Justicia y Reparación”

Federación Estatal de Foros por la Memoria, - Febrero de 2012 - 15 febrero 2012




Estamos aquí reunidos para denunciar que la impunidad sigue siendo, hoy en día, el pedestal sobre el que se sustentan gran parte de los poderes fácticos de este país


Las asociaciones que formamos parte de la Federación Estatal de Foros por la Memoria estamos aquí, una vez más, participando en una nueva ronda de concentraciones (la undécima) exigiendo Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo.

Estamos aquí reunidos, para denunciar que la impunidad sigue siendo hoy en día, el pedestal sobre el que se sustentan gran parte de los poderes fácticos de este país en la actualidad.

El procedimiento abierto contra Baltasar Garzón ha demostrado la plena vigencia del modelo español de impunidad, y de manera explícita, la indefensión legal del colectivo de víctimas del franquismo, constituido por docenas de miles de personas. El resultado del Auto dictado en 2008 por Garzón, ha dejado meridianamente claro que ningún órgano judicial es en estos momentos competente sobre este tipo de delitos, que como el caso de las miles de desapariciones forzadas en inhumaciones clandestinas o el robo organizado de niños, son crímenes contra la humanidad y por tanto imprescriptibles. Hemos tenido además que asistir, a una campaña mediática de confusión, que ha llevado a muchos a confundir la defensa del juez Garzón con la defensa de las propias víctimas del franquismo.

La Federación Estatal de Foros por la Memoria ha venido condenando insistentemente desde su creación hace diez años, el olvido al que el Estado español relega a las víctimas del franquismo, y ha exigido siempre el reconocimiento jurídico para las mismas, así como que se establezca de manera inequívoca cuál es el órgano judicial competente para investigar y juzgar los crímenes del franquismo.

El procedimiento contra Garzón tiene un claro fin ejemplarizante y coactivo contra cualquier juez o magistrado que pretenda abrir una causa sobre los crímenes del franquismo. Independientemente del resultado o la sentencia final, el objetivo ya se ha conseguido. Desde la Federación de Foros hemos denunciado: “la causa que abrió el juez Garzón, y que podría abrir cualquier otro juez territorial, rompería el ‘pacto de silencio, olvido y ocultación’ que se cerró durante la Transición por los partidos políticos y dejaría al descubierto la dudosa legitimidad de diversas instituciones del Estado.”

En los últimos años hemos visto como se procesaba a criminales contra la humanidad de todo el planeta pero los de aquí –gracias a “la modélica transición”- iban muriéndose en la cama con obituarios que nos contaban su intachable historial “democrático”. El caso más reciente lo tenemos en el ex ministro franquista Manuel Fraga Iribarne.

Desde la FEFM, instamos a las fuerzas políticas a analizar la actual situación de la recuperación de la memoria histórica democrática y la indefensión judicial de las víctimas del franquismo en nuestro país. Exigimos una clarificación y un compromiso público que vaya más allá del mero oportunismo coyuntural o electoralista.

Felicitamos a las instituciones (minoritarias todavía) que durante estos años han realizado avances y se han comprometido seriamente en políticas de higiene democrática, eliminando elementos de homenaje a jerarcas del régimen franquista, militares perjuros y criminales de guerra. Pero queda mucho camino por recorrer para que este país pueda homologarse a las naciones democráticas de nuestro entorno. Por ello, no podemos más que hacer una valoración global negativa de la situación actual.

La llamada Ley de la Memoria de 2007 se cuidó de establecer subterfugios para impedir la eliminación de toda la imaginería fascista, tales como el indulto por discutibles cualidades artísticas, o por presunta significación religiosa. Asimismo, la inexistencia, a fecha de hoy, de un reglamento de la Ley que establezca tipologías y plazos, permite que las políticas de memoria democrática se estén aplicando dependiendo de la discrecionalidad del gobernante y de las competencias habituales de cada institución, y no de la Ley de Memoria.

Las fuerzas políticas conservadoras se mantienen en una permanente situación de anomalía democrática, secuestrando el discurso de las víctimas y exigiendo justicia y reparación en exclusiva para un colectivo particular, mientras niegan la aplicación de los derechos humanos a las víctimas del terrorismo de estado franquista. Recurriendo permanentemente, además, a la humillación y el insulto. Un terrorismo franquista que se ejerció durante décadas contra el conjunto de la sociedad, utilizando para ello los poderes del Estado a partir del secuestro a punta de pistola y crucifijo, de la soberanía popular.

Entendemos que, para los sectores políticos herederos del franquismo sociológico, a los que se unen últimamente intelectuales “orgánicos” en defensa del modelo de impunidad y los pactos de olvido de la transición, resulta difícil asumir que su vida ha transcurrido en el “lado condenable de la historia”. Ni que se conozca que, en muchos casos, el status social y económico del que disfrutan hoy proviene del beneficio obtenido por sus antepasados colaborando con la dictadura. Defendemos que ser demócrata va mucho más lejos de autoproclamarse como tal, y que, como hicieron hace ya muchos años las derechas democráticas europeas, es indispensable asumir que ser demócrata pasa ineludiblemente por ser antifascista.

Pero la anomalía democrática en el estado español no afecta exclusivamente a los herederos directos de la dictadura, sino que podemos encontrar, por ejemplo, casos de dirigentes o ex dirigentes pertenecientes a formaciones progresistas, que se declaran contrarios a la recuperación de la memoria histórica democrática con el argumento de que “son presidentes del futuro y no del pasado”, pero que en actos oficiales rinden homenaje como invitados de honor a individuos que en su día realizaron el juramento de lealtad personal a Adolfo Hitler.

Entendemos asimismo, que las fuerzas políticas que en su día apoyaron la llamada Ley de la Memoria están obligadas a promover políticas públicas activas de memoria, mucho más lejos de lo establecido por la misma, al menos para intentar recuperar la credibilidad perdida en la aprobación y legitimación de una Ley manifiestamente incompatible con el irrenunciable derecho a la Verdad, la Justicia y la Reparación de las víctimas del franquismo.

Por tanto, exigimos a las formaciones políticas democráticas, un compromiso expreso con políticas públicas de memoria en sus ámbitos respectivos:

-La anulación de todos los actos jurídicos represivos del franquismo, incluidos todos los procedimientos sumariales (militares y civiles) y administrativos (depuraciones e incautaciones de bienes) instruidos por este régimen contra los opositores políticos.

- Aplicación de la normativa internacional sobre Derechos Humanos (crímenes de guerra, de lesa Humanidad, desapariciones forzadas, inhumaciones ilegales, etc.), partiendo por la anulación de la Ley de Amnistía de 1977, tal y como hizo el Parlamento de Argentina con sus leyes de Punto Final y de Obediencia Debida.

- Eliminación inmediata y completa de la simbología de homenaje y reconocimiento a la dictadura, al golpe de estado del 18 de julio, y a la colaboración del franquismo con el régimen nacionalsocialista en la guerra mundial.

- Renuncia por parte de Ayuntamientos y Comunidades Autónomas a asumir funciones y competencias con respecto a las fosas comunes del franquismo, dado que por tratarse de crímenes contra la humanidad debe dárseles exclusivamente un tratamiento judicial.

- Desarrollo de políticas públicas activas de memoria orientadas al reconocimiento social, la explicación histórica y la socialización de los valores de los defensores de la legalidad democrática republicana y los resistentes antifranquistas.

- Establecimiento de marcos de interlocución y colaboración permanentes entre las instituciones y las asociaciones de víctimas, de derechos humanos y de recuperación de la memoria histórica democrática.

Porque pensamos en el futuro, queremos un futuro que no permita que las atrocidades sean olvidadas. Queremos un presente donde la lucha de los que perdieron su vida y su libertad por defender la democracia y las libertades sean reconocidas. Queremos el reconocimiento público e institucional de aquellas personas a las que la dictadura destrozó su vida. Estamos aquí para romper el silencio de otras tantas que nunca pudieron alzar su voz. Para que las injusticias sean sentidas como una cuestión de todos y todas. Porque no cedemos en la esperanza de un mundo mejor. Porque reconocemos que aquellos compañeros y compañeras luchaban por las mismas libertades que ahora mismo estamos viendo en peligro, y luchamos contra los mismos enemigos:

VERDAD, JUSTICIA Y REPARACIÓN.

Federación Estatal de Foros por la Memoria




GUADALAJARA: “Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo”

Convoca.: Foro por la Memoria de Guadalajara

SABADO 17 de febrero, 12 de la mañana, ante la Audiencia Provincial. (Paseo Iparraguirre, 10)

http://www.foroporlamemoria.info/2012/02/guadalajara-verdad-justicia-y-reparacion-para-las-victimas-del-franquismo/




SEVILLA: “Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo”

Convoca: Foro por la Memoria de Andalucía

SABADO 18 de febrero, ante la Audiencia Provincial. Avda. Menéndez Pelayo, s/n

http://www.foroporlamemoria.info/2012/02/sevilla-verdad-justicia-y-reparacion-para-las-victimas-del-franquismo-4/





TOLEDO: “Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo”

Convoca: Foro por la Memoria de Toledo

DOMINGO 19 de febrero, 12 de la mañana, ante la Delegación del Gobierno en Castilla la Mancha (Plaza de Zocodover, 6)

A la concentración se incorporarán miembros del Foro por la Memoria de la Comunidad de Madrid y del Foro por la Memoria de Segovia, que se suman y adhieren a la convocatoria.

http://www.foroporlamemoria.info/2012/01/toledo-verdad-justicia-y-reparacion-para-las-victimas-del-franquismo/



martes, febrero 14, 2012

Segunda Circular: I Congreso de Víctimas del franquismo

Comité Organizador, - 13 febrero 2012




Rivas-Vaciamadrid, del 20 al 22 de abril de 2012


SEGUNDA CIRCULAR

Lunes 13 de febrero de 2012

I CONGRESO DE VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO



Ponemos en marcha la convocatoria del Congreso de Víctimas del Franquismo animados por la necesidad de iniciar el estudio y la reflexión sobre la realidad de todas las víctimas de la anterior dictadura.



Fechas: del 20 al 22 de abril de 2012.

Lugar de Celebración: Instalaciones del Excmo. Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

Organiza: Foro porla Memoriadela Comunidadde Madrid y Cátedra de Memoria Histórica del Siglo XX dela Universidad Complutensede Madrid



Comité Científico:

-D. Nicolás Sánchez Albornoz. Presidente de Honor. Historiador, profesor de la Universidadde Buenos Aires y primer director del Instituto Cervantes.

-D. Julio Aróstegui. Catedrático de Historia de la UCM. Titulardela Cátedra de Memoria Histórica del Siglo XX de la Universidad Complutensede Madrid.

-D. Walter Bernecker. Catedrático de Historia Iberoamericana y Española de la Universidadde Erlangen-Nuremberg

-D. Josep Fontana. Catedrático de Historia Económica de la Universitat PompeuFabra.

-D. Paul Preston. Profesor de Historia Contemporánea en London School of Economics and Political Science.

-D. José Antonio Martín Pallín. Magistrado del Tribunal Supremo.

-D. Ramón Sáez Valcárcel. Magistrado de la Audiencia Nacional.

-D. Ángel Viñas. Catedrático de Estructura e Instituciones Económicas de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, Universidad Complutense de Madrid.



Comité Organizador:

Directores: D. Julio Aróstegui y D. José Luis Muga

Colaboradores: Dña. Fernanda Moral; D. Miguel Ángel Muga; D. José María Pedreño; D. Arturo Peinado; Dña. Edurne Rubio; D. Santiago Vega.



El Primer Congreso de Víctimas del Franquismo iniciará su andadura el viernes 20 de abril a las 12 horas con los talleres sobre los tres principios del Derecho Internacional: derecho a la verdad, derecho a la reparación y derecho a la justicia. Durante la tarde del viernes se procederá a la inauguración oficial del Congreso y a dar voz a las víctimas de la represión franquista.

El sábado 21 de abril estará dedicado a las ponencias que han sido incluidas en esta circular más adelante, y a las comunicaciones al Congreso.

El domingo 22 de abril cuenta con tres actos fundamentales: primero, la asamblea de activistas y entidades memorialistas y de víctimas; segundo, la intervención de los invitados de honor al Congreso entre los que se encuentra Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo; finalmente, se procederá a la clausura del Congreso.



Conferencias plenarias

-Dña. Alicia Alted. Profesora Titular de Historia Contemporánea de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. El exilio como una forma de represión: su significado y amplitud.

-D. Manuel Álvaro Dueñas. Director Departamento de Didácticas Específicas de la Facultad de Formación del Profesorado y Educación de la Universidad Autónoma de Madrid. El papel de la represión en la legitimación política e ideológica del Estado franquista.

-Dña. Montse Armengou. Periodista. Los niños robados del franquismo.

-D. Julio Aróstegui. Catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de Madrid. Eliminar la antiespaña: víctimas y victimarios. La represión franquista: una historia y una memoria.

-D. Francisco Espinosa. Historiador. ¿Por qué podemos hablar del plan de exterminio?

-D. Francisco Ferrándiz. Investigador del Instituto de Lengua, Literatura y Antropología del CSIC. Desapariciones forzadas y víctimas del franquismo en la España contemporánea.

-D. Gutmaro Gómez Bravo. Profesor de Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de Madrid. Represión, control y exclusión: la política hacia los vencidos.

-D. Fernando Hernández Holgado. Historiador y escritor: La Prisión Militante. Mujeres en las cárceles franquistas

-D. Pedro Ruiz Torres. Catedrático de Historia Contemporánea dela Universidad de Valencia. (Falta este título).

-D. Ramón Sáez Valcárcel. Magistrado de la Audiencia Nacional. La falta de reconocimiento de las víctimas de la dictadura.

-D. Nicolás Sánchez Albornoz. Profesor de Historia dela Universidad de Buenos Aires y profesor visitante de Columbia University, Yale University y Texas University (EEUU).

-D. Santiago Vega Sombría. Profesor de Historia. Limpieza total. Geografía de la represión.



Publicación de las Actas del Congreso:

Se publicará bajo formato de libro una selección de los trabajos presentados en el Congreso y en formato electrónico la totalidad de los trabajos presentados.



Inscripción de asistentes y comunicantes

Plazo: hasta el 20 de abril de 2011.



Cuotas:

-Estudiantes, desempleados y jubilaos: 15 euros hasta el 31 de marzo de 2012 y 20 euros a partir de esa fecha.

-Resto de asistentes: 30 euros hasta el 31 de marzo de 2012 y 50 euros a partir de esa fecha.



BOLETINES DE INSCRIPCIÓN EN

http://www.congresovictimasfranquismo.org/inscripciones/


Se hará entrega del certificado de asistencia a todos los participantes.



Os esperamos a todos en Rivas-Vaciamadrid (Madrid).

El Comité Organizador.



Página web: www.congresovictimasfranquismo.org


Correo del Congreso: foroporlamemoriamadrid@gmail.com

domingo, enero 29, 2012

TOLEDO: Verdad, Justicia y Reparación para las víctimas del franquismo

Foro por la Memoria de Toledo, - 28 Enero 2012





Concentración el domingo, 19 de febrero ante la Delegación del Gobierno en Castilla la Mancha



Concentración el domingo, 19 de febrero 12 de la mañana

Ante la Delegación del Gobierno en Castilla la Mancha (Plaza de Zocodover, 6)


A la concentración se incorporarán miembros del Foro por la Memoria de la Comunidad de Madrid, que se suma y adhiere a la convocatoria.

Entrega a los familiares de los resultados definitivos de identificación antropológica y mediante ADN, de los asesinados en la fosa común de Menasalba

Foro por la Memoria de Toledo , - 28 Enero 2012



Toledo, Palacio de Benacazón. 19 de Febrero. 10.00horas

Palacio de Benacazón‎

Calle de los Recoletos, 1

45001 Toledo

19 de Febrero. 10.00horas


Foro por la Memoria de Toledo / Federación Estatal de Foros por la Memoria

martes, enero 24, 2012

Juicio a Garzón: ¿Quién es competente para juzgar los crímenes del franquismo?

Federación Estatal de Foros por la Memoria, 24 de Enero de 2012 - 24 Enero 2012





Comunicado de la Federación Estatal de Foros por la Memoria



Madrid. – El 24 de enero comienza el juicio en el Tribunal Supremo contra el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, actualmente suspendido, por su investigación de los crímenes cometidos durante la guerra civil y el franquismo. La Federación Estatal de Foros por la Memoria se remite a su Comunicado del 18 abril de 2010 (1), considerando que, en líneas generales, los argumentos expresados en el mismo siguen siendo vigentes.

El procedimiento abierto contra Garzón muestra la plena vigencia del sistema español de impunidad, y de manera explícita, la indefensión legal del colectivo de víctimas del franquismo, constituido por docenas de miles de personas. El resultado del Auto dictado en 2008 por Garzón, ha dejado meridianamente claro que ningún órgano judicial es en estos momentos competente sobre este tipo de delitos, que como el caso de las miles de desapariciones forzadas en inhumaciones clandestinas o el robo organizado de niños, son crímenes contra la humanidad y por tanto imprescriptibles.

La Federación Estatal de Foros por la Memoria ha venido condenando insistentemente el olvido al que el Estado español relega a las víctimas del franquismo, y ha exigido el reconocimiento jurídico de las mismas, así como que se establezca de manera inequívoca cuál es el órgano judicial competente para investigar y juzgar los crímenes del franquismo.

El procedimiento abierto contra el juez Garzón tiene un claro fin ejemplarizante y coactivo contra cualquier juez o magistrado que pretenda abrir una causa sobre los crímenes del franquismo. Independientemente del resultado la sentencia final, el objetivo ya se ha conseguido. La Federación ha denunciado: “la causa que abrió el juez Garzón, y que podría abrir cualquier otro juez territorial, rompería el ‘pacto de silencio, olvido y ocultación’ que se cerró durante la Transición por los partidos políticos y dejaría al descubierto la dudosa legitimidad de diversas instituciones del Estado.”

Como explicábamos en el Comunicado de abril de 2010, a Garzón se le juzga por la presunta vulneración de la Ley de Amnistía de 1977 y la Ley de Memoria de 2007. En ambas se sustenta el modelo español de impunidad. Por tanto, criticar el proceso abierto al Juez Garzón sin cuestionar las leyes de Amnistía y de Memoria, es pretender curar los síntomas de una enfermedad sin atacar las causas ni los orígenes de la misma.

Hemos recordado que el auto de procesamiento utiliza la Ley de Amnistía de 1977 como argumento para justificar la imposibilidad de investigar los crímenes del franquismo. Sin embargo, las leyes de impunidad son nulas de acuerdo con el Derecho Internacional y, a mayor abundamiento, España ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos varios meses antes de la aprobación de dicha ley, lo que nos lleva a sostener la nulidad de la Ley de Amnistía porque impide que las víctimas puedan utilizar un “recurso efectivo” para procesar a los delincuentes y obtener la justa reparación. En el mismo sentido, se pronuncian el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas .

Además, no entendemos cómo se puede juzgar a Baltasar Garzón por una presunta prevaricación, por no ser supuestamente competente para abrir un proceso penal para perseguir los crímenes del franquismo, cuando el Tribunal Supremo aún no ha definido quién es competente. Podría llegar a darse la esperpéntica situación de que se condenase a Garzón y, posteriormente, el Alto Tribunal declarase que sí era competente para investigar los delitos cometidos por el franquismo.

Ha llegado el momento de solicitar abiertamente la nulidad de la Ley de Amnistía (2) para que ningún juez o autoridad administrativa vuelva a citarla como válida y eficaz. Asimismo es preciso derogar la Ley llamada de la Memoria (que da legalidad a todos los actos jurídicos represivos de la dictadura) con el fin de permitir la judicialización de las reivindicaciones de las víctimas del franquismo, garantizando a las mismas la efectividad de su derecho a la Verdad, la Justicia y la Reparación.

La Federación Estatal de Foros por la Memoria no expresa ninguna opinión sobre otros procedimientos abiertos al juez Garzón, por estimar que no es su cometido manifestarse al respecto. La lucha por los derechos de las víctimas del franquismo y del movimiento social por la memoria democrática, viene de lejos y tiene un futuro previsiblemente de largo recorrido; por tanto, entendemos que sería irresponsable vincularlo incondicionalmente al resultado de un procedimiento judicial concreto.

24 de Enero de 2012


(1) Comunicado de la Federación Estatal de Foros por la Memoria- 18 Abril 2010. En relación al proceso contra Baltasar Garzón, magistrado de la Audiencia Nacional http://www.foroporlamemoria.info/2010/04/comunicado-de-la-federacion-estatal-de-foros-por-la-memoria-2/


(2) Puede consultarse el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en relación con las Amnistías en http://www.ohchr.org/Documents/Publications/Amnesties_sp.pdf

domingo, enero 15, 2012

Trailer – La Tinta Negra, el caso Garzón y los crímenes del franquismo



Guión y Dirección: Sebastián Arabia


http://www.youtube.com/watch?v=S9l77kjwUB4

Título: La Tinta Negra (El caso Garzón y los crímenes del franquismo)

Duración: 120 Min

Idioma: Castellano

Año: 2011

Género: Documental

Productora:Off Cinema Producciones

Productores Ejecutivos:Iñaki Oribe y Sebastián Arabia

Guión y Dirección:Sebastián Arabia

Dirección de Fotografía:Luis Bellido

Ayt. de Dirección: Gustavo Duscasse

Maquillaje: Ana Palazón y Sara Aranzazú

Montaje: Sebastián Arabia

Edición de Dialogos: Jesús Espada

Posproducción de imagen: Vidal Pueyo y Sebastián Arabia

Comunicación Off Cinema: Juan Minnocci

Making Off: Jorge Biancotti



21 de Noviembre: Estreno en exclusiva en: http://www.filmin.es/pelicula/la-tinta-negra


Web Oficial de la película:

http://www.latintanegralapelicula.es

sábado, diciembre 17, 2011

Jornadas “Tras las huellas de la Memoria y sus actores"

Psicólogos Sin Fronteras Madrid, - 16 Diciembre 2011





23 de diciembre en el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid

Area de Desarrollo PSF Madrid”

Estimados/as amigos/as,

leyendo documentos como el Reportaje realizado a Lise London (Rodríguez, J., “La última brigadista”, publ. El País semanal, dic-2011), nos atrevemos a observar que la Memoria Histórica sigue siendo “Memoria de la tierra” y también “Memoria viva”. Y, precisamente, para rememorarlo, para que no se olvide, la Oficina de Memoria Histórica (PSF-ARMH) Madrid ha preparado unas Jornadas que, bajo el título “Tras las huellas de la Memoria y sus actores”, tendrán lugar el próximo día 23 de diciembre en el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid: C/ Cuesta de San Vicente, nº 4, 5ª pta; 28008-Madrid; Tel: 91 541 99 99 / Fax: 91 559 03 03.

Este evento, si bien situado en los prolegómenos de la Navidad _fechas que, desde PSF-ARMH Madrid, aprovechamos para felicitaros_; deseamos que esta convocatoria pueda ser de vuestro agrado e interés y, por lo tanto, os esperamos.

Saludos.

PD: adjuntamos archivo con información sobre las próximas Jornadas y el díptico de la Oficina de Memoria Histórica (PSF-ARMH) Madrid.

Área de Desarrollo Psicólogos Sin Fronteras (PSF) Madrid.

www.psicologossinfronteras.net

psf@psicologossinfronteras.net


domingo, diciembre 04, 2011

Sobre el Valle de los Caídos

Lau Hizetara Gogoan, 1-12-2011 - 3 Diciembre 2011



Esta coordinadora considera inadmisibles las recomendaciones de este informe, así como el momento político en el que se dan a conocer


SOBRE EL VALLE DE LOS CAIDOS

La coordinadora LAU HAIZETARA GOGOAN, que agrupa a gran parte de los colectivos memorialistas de Euskal Herria, se posiciona ante el informe de la “comisión de expertos” creada por el Gobierno del PSOE para determinar el futuro del Valle de los Caídos. Esta coordinadora considera inadmisibles las recomendaciones de este informe y los planteamientos que las sustentan, así como el momento político en el que se dan a conocer.

En fechas recientes se han dado a conocer las recomendaciones de la “comisión de expertos” creada por el Gobierno del PSOE con el objetivo de determinar el futuro del monumento funerario de exaltación del fascismo conocido como “Valle de los Caídos”, construido con el trabajo forzado de miles de antifascistas.

Han pasado 75 años desde el alzamiento militar del 18 de julio, 36 desde la muerte de Franco y más de tres décadas desde que se empezó a proclamar a los cuatro vientos que vivimos en un Estado democrático y “de derecho”. Han pasado ya 4 años desde que se aprobó la ley conocida como “ley de memoria histórica”, una ley que los movimientos memorialistas juzgamos como insuficiente e insatisfactoria para las víctimas del franquismo, una ley que, a día de hoy, ni siquiera ha cumplido sus muy limitados objetivos.

Es inadmisible que, en un Estado que se dice democrático y aconfesional, se plantee la necesidad de pedir la autorización de la Iglesia Católica para trasladar los restos de un criminal genocida como Francisco Franco, cuando la misma presencia de la Iglesia en el Valle de los Caídos es consecuencia directa del apoyo que la misma prestó al régimen franquista (autodenominado Nacional-Católico) y de la especial situación de privilegio que la dictadura otorgó a esta confesión religiosa.

Es inadmisible que los restos de miles de luchadores antifascistas (más de un millar procedentes de Euskal Herria), que fueron trasladados al Valle de los Caídos sin el consentimiento, e incluso sin el conocimiento, de sus familiares, permanezcan en ese lugar. Tampoco podemos aceptar que, con los métodos científicos disponibles en 2011 para la identificación de restos humanos, se hable de la imposibilidad de conocer las identidades de las personas enterradas en el Valle de los Caídos. Se hace necesaria, entre otras medidas, la creación de un banco de ADN para facilitar la entrega de los restos a los familiares, tal como demandan los movimientos memorialistas.

Es inadmisible que se plantee el futuro del Valle de los Caídos desde la equidistancia y el reconocimiento a las víctimas “de los dos bandos” de la “guerra civil”, cuando los únicos responsables del enfrentamiento armado y de la subsiguiente represión, fueron los militares sublevados el 18 de julio de 1936, apoyados por la clase terrateniente, la burguesía y la iglesia. La respuesta armada de los milicianos republicanos y gudaris antifascistas, se formó con un carácter netamente defensivo.

Es inadmisible que, cuatro años después de la aprobación de la “ley de memoria histórica”, el máximo símbolo material de los crímenes del franquismo y de la impunidad de sus responsables, como el Valle de los Caídos, pueda seguir siendo defendida por los herederos políticos del régimen franquista, como el baluarte de los valores históricos y culturales de la España eterna.

Es inadmisible que todo esto se plantee en un momento en el que el Gobierno que impulsó la “ley de memoria histórica” se encuentra actualmente en funciones y cuando el próximo Gobierno que vaya a formarse en el Estado, estará constituido, en una gran parte, por los herederos políticos directos del franquismo, que son quienes ya han manifestado su clara voluntad de frenar cualquier política orientada a reconocer los derechos a las victimas del alzamiento militar de 1936, la dictadura franquista y el terrorismo de Estado.

http://lau-haizetara-gogoan.blogspot.com/2011/12/sobre-el-valle-de-los-caidos.html